Según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña gritar a tu jefe “loco” o “hijo de puta” ya no es motivo para que te despidan. Aunque el artículo 54.2c del Estatuto de los Trabajadores define expresiones así como “faltas graves”, el tribunal catalán considera que, en estos tiempos, no es para tanto, y antes de pronunciar un cese de contrato hay que analizar el contexto en el que suceden.

Esto significa que: a)la Ley comprende que expresiones malsonantes se han vuelto parte del lenguaje corriente y de una charla habitual y b)la Ley entiende que hay muchos bastardos que trabajan como jefes
Todo viene a cuento por una sentencia en la que se señala la improcedencia de una baja por “maltrato verbal” de un trabajador hacia su empleador, quien fue llamado “loco hijo de puta” al negarse a pagar una comisiones.
Sabemos que más de uno de nuestros lectores sentirá el deseo de dejarse llevar por el poder del lenguaje, pero les suplicamos que, por si acaso, busquen otros medios de expresar su descontento.
Fuente | Expansión
Imagen | IProfesional













