El próximo 13 de noviembre se aprobará en el Consejo la Ley del sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. El paro para autónomos.+

Se trata de un proyecto de ley que supone una protección para todos los autónomos que sufran de una falta de trabajo involuntaria, en un sistema “contributivo, solidario y sostenible financieramente”.
Es un sistema de carácter mixto, que da derechos a los autónomos que coticen por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (incluyendo a trabajadores por cuenta propia del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y del Régimen Especial de Trabajadores del Mar y los trabajadores económicamente dependientes).
Para cotizar, los autónomos deberán pagar una cuota de entre 8,22 y 12,5 euros mensuales: “un 1,5% de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal,con lo que el trabajador cotiza para el primer año sobre un 1%, que para una base mínima de 833,40 euros, supondría 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción del 0,5%, y de 8,33 euros con ella“.
Las cotizaciones operarán de la siguiente manera:
Se consideran los 36 meses “anteriores a la situación legal de cese de actividad”
12 meses “continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese”
Se perciben:
12 a 17 meses de cotización: 2 meses de protección
18 a 23 meses: 3 meses de protección
Los autónomos de entre 60 y 64 años gozan de un plazo más amplio de protección.
Fuente | El País
Imagen | iProfesional













